En 2025, las pensiones contributivas en España experimentarán una revalorización de aproximadamente un 2.8%. Esta cifra, que se determina en función del Índice de Precios de Consumo (IPC) medio anual entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024, resulta relevante para los pensionistas. Sin embargo, es importante destacar que no solo se verán afectadas las pensiones contributivas; el complemento a mínimos también subirá en concordancia con este incremento. Los pensionistas deben tener cuidado, ya que cuando se superan ciertos límites de ingresos, la Seguridad Social podría reducir las pensiones mínimas por debajo del mínimo establecido.
¿Qué es el complemento a mínimos?
El artículo 59.1 de la Ley General de la Seguridad Social establece las bases para el cobro de un complemento dirigido a aquellas pensiones que se sitúan por debajo de la mínima legal. Este complemento a mínimos es una asignación económica adicional que se añade a la pensión contributiva si esta es inferior a las cuantías mínimas estipuladas por la ley. En otras palabras, si un pensionista recibe una pensión que no alcanza el umbral mínimo, la Seguridad Social intervendrá para complementar esa cantidad y ayudar a los beneficiarios a alcanzar al menos el mínimo establecido.
Condiciones para recibir el complemento a mínimos
Para que una persona pueda acceder al complemento a mínimos, se deben cumplir ciertas condiciones. En primer lugar, es fundamental tener reconocida una pensión contributiva cuyo importe sea inferior a la mínima. Además, el solicitante debe residir en España, aunque existen excepciones según acuerdos o normativas internacionales. Uno de los requisitos más relevantes es que no se deben tener ingresos adicionales, ya sean provenientes de trabajo, inversiones, actividades empresariales o ganancias patrimoniales, que superen un umbral determinado que varía según la situación familiar del solicitante.
Datos sobre los beneficiarios del complemento a mínimos
De acuerdo con la información más reciente de la Seguridad Social, en España hay 2.139.950 pensionistas que reciben el complemento a mínimos. Es interesante notar que las mujeres son las más beneficiadas, con 1.443.967 pensionistas que representan el 26,69% del total. En comparación, hay 695.967 hombres que reciben este complemento, lo que equivale al 14,34% del total. Esto refleja una clara desigualdad en las percepciones de pensiones entre géneros.
RÉGIMEN | TOTAL PENSIONES | INCAPACIDAD PERMANENTE | JUBILACIÓN | VIUDEDAD | ORFANDAD | FAVOR DE FAMILIARES | ||||||
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Número | Porcentaje | Número | Porcentaje | Número | Porcentaje | Número | Porcentaje | Número | Porcentaje | Número | Porcentaje | |
Total | 695.967 | 14,34% | 74.830 | 12,21% | 524.392 | 13,67% | 13.417 | 6,42% | 75.308 | 42,21% | 8.020 | 49,80% |
General | 449.671 | 12,36% | 56.962 | 12,78% | 325.777 | 11,29% | 9.720 | 6,22% | 52.051 | 38,00% | 5.161 | 42,53% |
Trabajadores autónomos | 230.373 | 24,13% | 16.496 | 21,07% | 187.042 | 23,62% | 3.327 | 6,75% | 20.840 | 64,66% | 2.668 | 83,40% |
Trabajadores del mar | 8.357 | 12,62% | 554 | 9,68% | 6.542 | 11,49% | 17 | 3,04% | 1.094 | 42,68% | 150 | 32,54% |
Minería del carbón | 399 | 1,09% | 12 | 0,72% | 236 | 0,70% | 11 | 6,63% | 126 | 12,83% | 14 | 7,69% |
Accidentes de trabajo | 6.521 | 5,19% | 750 | 1,02% | 4.381 | 9,73% | 328 | 16,95% | 1.038 | 20,14% | 24 | 29,63% |
Enfermedades profesionales | 584 | 3,43% | 56 | 0,70% | 352 | 4,23% | 14 | 12,07% | 159 | 30,23% | 3 | 6,25% |
Límites de ingresos y su impacto en el complemento
En la actualidad, para el año 2024, el límite de ingresos para recibir el complemento a mínimos se ha fijado en 8.941,33 euros anuales si el pensionista no tiene cónyuge a cargo, y en 10.429,82 euros anuales si lo tiene. Para el año 2025, aunque aún no se ha definido oficialmente, se prevé que estos límites se ajusten, estableciéndose en aproximadamente 9.191,68 euros para quienes no cuentan con cónyuge a cargo y en 10.721,85 euros para aquellos que sí lo tienen. Sin embargo, estas cifras son solo orientativas y se espera conocer el detalle exacto a partir del 13 de diciembre de este año.
Es crucial que los pensionistas estén al tanto de estos umbrales. Si prevén que sus ingresos podrían exceder los límites establecidos, deben comunicarlo a la Seguridad Social. Por otro lado, si la Seguridad Social determina que se ha cobrado el complemento de manera indebida, puede solicitar la devolución de estas cantidades. En caso de que un pensionista pierda el complemento en un año, pero posteriormente vuelva a cumplir las condiciones requeridas, podrá solicitarlo de nuevo. Cabe señalar que este complemento se revisa anualmente, por lo que no tiene naturaleza consolidable.