Los trabajadores que son despedidos a los 63 años se enfrentan a una decisión crucial: optar por la jubilación anticipada o solicitar la prestación contributiva por desempleo, comúnmente conocida como el paro. Esta encrucijada puede resultar especialmente complicada, ya que a esta edad existe la posibilidad de elegir entre ambas alternativas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social. La jubilación anticipada, tanto en su modalidad voluntaria como involuntaria, permite adelantar la edad de jubilación, pero exige que el trabajador haya cumplido con un mínimo de cotización.
Consideraciones al ser despedido a los 63 años
Es común que surjan dudas como: “Si me despiden a los 63 años, ¿puedo cobrar el paro?” o “¿qué ocurre con un despido a esta edad?”. A los 63 años, reintegrarse al mercado laboral resulta un desafío considerable. Por tanto, es fundamental evaluar las opciones disponibles: acceder a la jubilación anticipada o percibir la prestación por desempleo hasta llegar a la edad ordinaria de jubilación.
Cobrar el paro a los 63 años
Para acceder a la prestación contributiva por desempleo a los 63 años, es necesario haber cotizado un mínimo de 360 días por desempleo en los últimos seis años. Es importante que la pérdida del empleo haya sido involuntaria o que se ajuste a alguno de los supuestos establecidos por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
La duración del paro varía según las cotizaciones acumuladas, oscilando entre 4 meses y 2 años. En cuanto a la cuantía de la prestación, se calcula en base al 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses y el 60% a partir del séptimo mes. Esta base reguladora se determina a partir de la media de las bases de cotización de los 180 días anteriores a la situación de desempleo, y hay límites máximos y mínimos establecidos.
Además, durante el tiempo que se cobra el paro, se sigue cotizando para la pensión de jubilación. Esta cotización se considera dentro del importe bruto de la prestación, que incluye las retenciones por IRPF. Así, el 70% de la base reguladora se aplica durante los primeros seis meses de paro y el 60% a partir del séptimo.
Jubilarse a los 63 años
La Seguridad Social permite adelantar la jubilación a través de dos modalidades: anticipada voluntaria e involuntaria. En la jubilación anticipada voluntaria, se permite un adelanto de hasta 24 meses respecto a la edad ordinaria de jubilación, que en 2025 se sitúa en los 65 años para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses. Aquellos que no alcancen este mínimo deberán esperar hasta los 66 años y 8 meses, con un aumento progresivo hasta los 67 años para 2027.
Para jubilarse a los 63 años en la modalidad voluntaria, el trabajador debe tener los años de cotización necesarios para alcanzar la jubilación a los 65 años. Esto implica haber acumulado 38 años y 3 meses de cotización.
Por otro lado, también existe la posibilidad de jubilarse de forma involuntaria, lo que permite un adelanto de hasta 48 meses respecto a la edad ordinaria. Si el despido ha sido por causas justificadas y se han cotizado al menos 33 años, se puede acceder a esta modalidad. Sin embargo, es importante considerar que la jubilación anticipada involuntaria conlleva la aplicación de coeficientes reductores sobre la pensión, que pueden alcanzar hasta un 30% dependiendo de los meses que se adelanta la jubilación.
Cobrar el subsidio para mayores de 52 años
A los 63 años, también es posible solicitar el subsidio para mayores de 52 años, que está diseñado para aquellos que han cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social. De estos, al menos dos años deben haberse cotizado en el régimen general y haber contribuido por desempleo al menos durante seis años a lo largo de la vida laboral.
Este subsidio se puede percibir hasta que se encuentre un nuevo empleo o, si no hay reinserción, hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación. La cuantía de este subsidio es equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en 2025 se establece en 480 euros al mes.
Además, mientras se recibe esta ayuda, se sigue cotizando para la jubilación, ya que la cotización se realiza sobre el 125% de la base mínima vigente cada año. En 2025, la base mínima es de 1.323 euros, por lo que la cotización se efectúa sobre 1.653,75 euros al mes. Esto contribuye a que la futura pensión no se vea afectada significativamente.
Las decisiones a tomar al llegar a los 63 años y enfrentarse a un despido son cruciales y pueden marcar el rumbo del futuro laboral y económico de cada persona. Es recomendable informarse adecuadamente y analizar las opciones existentes para poder elegir la alternativa más beneficiosa.